Estimados Usuarios
Debido a la situación de emergencia generada por la pandemia de coronavirus y de acuerdo con las nuevas disposiciones tomadas por las autoridades, nuestra oficina comercial ubicada en Moreno 2642 abrirá sus puertas únicamente para el cobro del servicio de lunes a viernes de 08:30 a 16:30hs y sábados de 09:00 a 13:00hs
Te recordamos que:
- Por consultas técnicas y administrativas comunicate al 439100 en pos de minimizar la permanencia y circulación dentro de la oficina.
- El uso de barbijo o tapabocas es obligatorio para circular en nuestra ciudad. Recordá utilizarlo ya que sin él no podrás ingresar a la oficina.
- No se permite la estadía de mas de dos personas en simultáneo dentro de la oficina.
- Respetá la distancia mínima obligatoria de 1.5mts para evitar aglomeraciones.
- Si presentas síntomas compatibles con el virus no asistas a la oficina.
- Las visitas técnicas se realizarán cuando sean estrictamente necesarias y evitando lo máximo posible el ingreso del personal técnico al domicilio del cliente.
Para consultas administrativas o técnicas por favor comunicarse al 439100
Débito directo
Puede adherirse al débito directo mediante CBU. De esta manera, se le debitará directamente de su cuenta bancaria el importe de su/s facturas pendientes.
Para solicitarlo deberá enviar un mail a facturacion@iperactive.com.ar mencionando el titular del servicio, el domicilio donde está instalado el mismo y deberá adjuntar el comprobante de CBU emitido por el banco (lo puede encontrar en su página de homebanking)
Puntos de cobro habilitados
OLAVARRIA
Farmacia Pacheco: Av. Pellegrini 3180.
Kiosco Minitodo: Av. Pringles y Sgto. Cabral.
Kiosco Bachu: Av. Ituzaingó 2398.
Kiosco Endulzados: Av. Trabajadores 2795.
Rapipago AyM: Alsina 3217.
SIERRAS BAYAS
Kiosco NYA: JULIO A. ROCA 2504.
HINOJO
Polirrubro Sequitos
LOMA NEGRA
Kiosco AUGURIO: Av. Luciano Fortabat 1469
Corte de Servicio - DECRETO 311/2020
No se realizará corte de servicio en caso de mora o la falta de pago de hasta TRES (3) facturas consecutivas o alternas, con vencimientos desde el 1° de marzo de 2020. El presente beneficio no alcanza a las facturas con fecha de pago anterior a marzo de 2020 y se circunscribe a las siguientes personas:
a. Beneficiarios y beneficiarias de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo.
b. Beneficiarios y beneficiarias de Pensiones no Contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a DOS (2) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
c. Usuarios inscriptos y usuarias inscriptas en el Régimen de Monotributo Social.
d. Jubilados y jubiladas; pensionadas y pensionados; y trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a DOS (2) Salarios Mínimos Vitales y Móviles.
e. Trabajadores monotributistas inscriptos y trabajadoras monotributistas inscriptas en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en DOS (2) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
f. Usuarios y usuarias que perciben seguro de desempleo.
g. Electrodependientes, beneficiarios de la Ley N° 27.351.
h. Usuarios incorporados y usuarias incorporadas en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares (Ley N° 26.844).
i. Exentos en el pago de ABL o tributos locales de igual naturaleza.
Para hacerse acreedor al beneficio referido los clientes quienes entiendan estar incluídos deberán remitir a la dirección de mail documentacion@37sur.com la documentación escaneada que acredita la pertenencia a algunas de las categorías beneficiadas a más tardar el día 17/04/2020
Para el resto de los usuarios no comprendidos en los casos anteriormente expuestos, cuando corresponda corte del servicio por falta de pago se les limitará a la velocidad de navegación mínima a fines de mantenerse comunicados e informados.